Prueba de ciudadanía o nacionalidad de EE.UU.

Pruebas primarias (autónomas) de ciudadanía

Ingresa una copia de cualquiera de los siguientes documentos.

  1. Pasaporte o tarjeta de pasaporte de EE.UU. vigente o caducado (emitido sin limitación).
  2. Certificado de ciudadanía de EE.UU.
  3. Certificado de naturalización.
    • Formularios N‐550, N‐570, N‐578 o N‐565 / Forms N‐550, N‐570, N‐578, or N‐565.
  4. Pruebas documentales expedidas por una tribu india americana o de nativos de Alaska con reconocimiento federal. Los documentos deben identificar a la persona por su nombre y confirmar su participación, inscripción o afiliación con la tribu. Los documentos incluyen, sin limitación:
    • Tarjeta de inscripción tribal.
    • Certificado de grado de sangre india.
    • Documento censal tribal.
    • Documentos en papel impreso de la tribu, expedidos bajo la firma del funcionario apropiado de la tribu.

Pruebas secundarias de ciudadanía

Si no tienes ninguna de las pruebas primarias (autónomas) anotadas arriba, deberás proporcionar copias de dos documentos (pruebas secundarias), uno de la Lista A y uno de la Lista B.

Lista A

  1. Acta de nacimiento pública de EE.UU.
  2. Informe consular o certificado de un niño nacido en el extranjero.
    • Formulario FS‐545 del Departamento de Estado / Department of State Form FS‐545.
    • Formulario FS‐240 del Departamento de Estado / Department of State Form FS‐240.
    • Formulario DS‐1350 del Departamento de Estado / Department of State Form DS‐1350.
  3. Recibo de registro de cuota individual (Formulario G‐711 de INS) / Individual Fee Register receipt (INS Form G‐711).
  4. Tarjeta de identificación como ciudadano de EE.UU. (I‐197 o la versión anterior, I‐179) / U.S. citizen identification card (I‐197 or the prior version I‐179).
  5. Expedientes de censos estatales o federales, que demuestren ciudadanía de EE.UU. o un lugar de nacimiento en EE.UU.
  6. Una tarjeta de identificación de las Islas Marianas del norte, expedida a un ciudadano naturalizado colectivamente, nacido en las CNMI antes del 4 de noviembre de 1986 (I‐873).
  7. Decreto de adopción.
    • Un decreto final de adopción, que demuestre el nombre del niño y el lugar de nacimiento del niño en los EE.UU. ‐ o ‐
    • Si la adopción no es definitiva, una declaración de una agencia de adopciones aprobada por el estado, que muestre el nombre del niño y lugar de nacimiento en EE.UU. y fecha de nacimiento o edad (la agencia de adopciones debe afirmar en la declaración que la fuente del lugar de nacimiento es el acta de nacimiento original).
  8. Documentación de un niño nacido en el extranjero (incluyendo a un niño adoptado nacido en el extranjero) que haya recibido ciudadanía de EE.UU. automáticamente (IR3 o IH3) o el Acto de Ciudadanía para niños.
    • La documentación debe incluir el nombre y la fecha de nacimiento del niño claramente mostrados.
  9. Expedientes militares de EE.UU. que demuestren un lugar de nacimiento en los EE.UU.
  10. Prueba de empleo en el servicio civil de EE.UU. de antes del 1º de junio de 1976.
  11. Expedientes médicos de EE.UU., incluyendo registros de hospital, clínica, partera, médico o documentación de admisión a un hogar de cuidados para adultos mayores, institución de enfermería especializada u otra institución. Los expedientes deben:
    • Indicar un lugar de nacimiento en EE.UU.
    • Ser firmados en papel con membrete del hospital.
    • Ser establecidos en el momento del nacimiento de la persona.
  12. Expedientes oficiales de seguros de EE.UU. indicando un lugar de nacimiento en EE.UU. Los expedientes deben:
    • Indicar un lugar de nacimiento en EE.UU.
    • Ser establecidos por lo menos 5 años antes de la solicitud inicial para Covered California – a no ser que la persona no tenga 5 años de edad.
  13. Registros religiosos oficiales registrados en los EE.UU. Los expedientes deben:
    • Ser creados dentro de 3 meses del nacimiento.
    • Indicar un lugar de nacimiento en EE.UU.
    • Indicar la fecha de nacimiento o la edad del individuo al momento de crearse el expediente.
    • Tener un expediente oficial registrado con la organización religiosa.
  14. Expedientes escolares incluyendo preescolar, HeadStart y guardería. Los expedientes deben indicar:
    • Los expedientes deben indicar:
    • El lugar de nacimiento en EE.UU.
    • La fecha de nacimiento.
    • La fecha de admisión a la escuela.

Lista B

  1. Licencia de conducir emitida por algún estado o territorio o tarjeta de identificación expedida por el gobierno local, estatal o federal.
  2. Tarjeta de identificación escolar.
  3. Tarjeta de identificación militar de EE.UU. o tarjeta de identificación de dependiente militar.
  4. Tarjeta de marino mercante del servicio de guardacostas de EE.UU.
  5. Expediente de una clínica, médico, hospital o escuela, incluyendo expedientes preescolares o de guardería (para niños menores de 19 años de edad).
  6. Dos documentos que contengan información coherente que pruebe la identidad del solicitante, como:
    • Acta de nacimiento.
    • Tarjeta de seguridad social.
    • Certificado de matrimonio.
    • Decretos de divorcio.
    • Identificación del empleador.
    • Diploma de escuela secundaria o universidad (incluye diploma de equivalencia para la escuela secundaria).
    • Escritura o título de propiedad.

Nota: Los inmigrantes que no están presentes legalmente no califican para un plan de salud a través de Covered California; sin embargo, pueden calificar para cobertura a través de Medi-Cal hasta los 26 años o para cobertura de embarazo. Los inmigrantes que no están presentes legalmente también pueden comprar un seguro de salud privado por su cuenta fuera de Covered California. Además, algunos condados ofrecen otras opciones de atención médica para inmigrantes que no están presentes legalmente. Para solicitar cobertura, llame al (800) 300-1506 o solicítela con un agente certificado o su condado. Haga clic aquí para obtener información sobre cómo solicitar Medi-Cal.


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